El Programa de la Licenciatura en Etnoeduación y Desarrollo Comunitario fue creado por el acuerdo del Honorable Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira según el acuerdo 024 de dic. de 1994 como un “Programa de Formación Universitaria, pregrado, denominado Licenciatura en Etnoeducación y Desarrollo Comunitario, adscrito a la Facultad de Educación” y con una duración de ocho semestres en jornada sabatina presencial que contó con la aprobación del ICFES mediante resolución 3534 28-12-2000, iniciando labores en el primer semestre de 1995. El 2 de abril de 2001, por acuerdo No 14 del Honorable Consejo Superior se aprobó un nuevo plan de estudios, para adecuarse a las exigencias del Ministerio de Educación Nacional que obligaban a las licenciaturas nocturnas a contar con un plan de estudios con una duración básica de doce semestres y con una estructura de núcleos de profundización que dieran coherencia al plan de estudios.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la resolución 1036 del Ministerio de Educación Nacional, emitida el 22 de abril de 2004, el programa se denominó Licenciatura en Etnoeducación y Desarrollo Comunitario, con un título expedido de “Licenciado o licenciada”. A partir de ese momento se establece que su denominación sea Etnoeducador (a) y operador (a) comunitario (a)”. Mediante acuerdo N 08 del 12 de mayo de 2005 el Consejo Académico de la Universidad Tecnológica de Pereira aprueba la adecuación a créditos académicos del plan de estudios de la Licenciatura, completando un total de 172 créditos. En los años 2006 y 2009 respectivamente se realizan ajustes en el plan de estudios para favorecer la flexibilidad y a la par generar unos puntos de ajuste en el semáforo curricular lo que estimula a los estudiantes para asumir en su totalidad cada uno de los núcleos de VI a IX semestre.

La reforma al Plan de Estudios de la Licenciatura en Etnoeducación Y Desarrollo Comunitario, adscrita a la Facultad Ciencias de la Educación, fue aprobada por el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira, según Resolución No. 11 del 01 de marzo de 2016, por medio de la cual se modifica la denominación del Programa  a “Licenciatura en Etnoeducación” y de igual manera se aprueba la modificación al Plan de Estudios según la Resolución No. 12 del 01 de marzo del 2016.

Los argumentos que soportan la actual Reforma, responden principalmente a cuatro prioridades del programa. La primera es una cultura del mejoramiento continuo, lo cual se ve reflejado en los procesos de Autoevaluación vividos por el Programa. La segunda, a las recomendaciones del Consejo Nacional de Acreditación realizadas en el año 2011. La tercera, a la normatividad vigente en cuanto se refiere a las Licenciaturas, reglamentada por el Ministerio de Educación. Por último, el nuevo plan de estudios busca responder al contexto local, regional y nacional que el Programa y la Universidad Tecnológica de Pereira ofrece en su aporte a la sociedad. Para lograr este último objetivo, la revisión de la malla curricular y su relación con el contexto local y regional que constituye el lugar de trabajo de los egresados, precisado en las necesidades de las diversas comunidades educativas, ha sido fundamenta en el diseño de las Áreas de formación y de las asignaturas.

Después de solicitar la visita de pares académicos con el propósito de obtener la acreditación de alta calidad, el Consejo Nacional de Acreditación, mediante comunicación escrita con fecha del 25 de marzo del 2011, formuló recomendaciones dirigidas a la Universidad Tecnológica de Pereira y al Programa mismo, luego de ponderar las fortalezas y debilidades del programa, “para que alcance mayores niveles y pueda  ser presentado de nuevo al proceso de acreditación”.

Entre otras recomendaciones, el CNA sugirió revisar el perfil del Etnoeducador considerado en el Proyecto Educativo del Programa, puesto que no se diferenciaba respecto al de otros profesionales tales como trabajador social, licenciado en ciencias sociales, historiador, sociólogo o antropólogo.

Se propuso evaluar la pertinencia de la duración del Programa, el cual tiene un tiempo de duración de 12 semestres académicos. De igual manera se sugirió revisar los procesos académicos que inciden en la muy baja tasa de graduación, con la perspectiva de trazar los correctivos necesarios.

Se propuso por parte del CNA, continuar con los procesos de análisis y evaluación del Proyecto Educativo del Programa, en lo concerniente con el ajuste a la normatividad relacionada con la naturaleza del mismo, dígase la Ley 115 de 1994 con su capítulo sobre educación para grupos étnicos, reglamentada por el Decreto 0804 de 1995 en lo concerniente con la atención educativa para tales grupos y la Resolución 6966 de 2011, sobre las características de calidad de la formación profesional en educación.

Con el propósito de volver a atender las recomendaciones del CNA, se propició la revisión de estos componentes académicos del Programa. Se examinó el Plan de Estudios, el tiempo de duración del Programa y el Proyecto Educativo. Como resultado se  obtuvo una nueva propuesta, la cual reduce el tiempo de duración del Programa de seis a cinco años, se formuló un nuevo Proyecto Educativo del Programa, haciendo ajustes en el perfil del Licenciado en Etnoeducación. Se modificó la denominación del Programa, cambiando de “Licenciatura en Etnoeducación Y Desarrollo Comunitario” a “Licenciatura en Etnoeducación”.

Fueron revisadas las áreas que conforman el Plan de Estudios, buscando consolidar la formación del estudiante hacia su perfil como Licenciado en Etnoeducación. En consecuencia, se consolidaron las siguientes áreas:

  • Área de Fundamentación básica en Diversidad
  • Área de Fundamentación Etnoeducativa
  • Área de investigación Etnoeducativa
  • Área de Profundización Etnoeducativa
  • Área de Práctica y Trabajo de Grado

Las asignaturas que contienen estas cinco Áreas, fueron reducidas de cuarenta y dos (42) a treinta y cinco (35). El número de créditos reducidos se redujo de 172 a 140.  En relación con la normatividad actual emanada del Ministerio de Educación, la cual reglamenta los Programas de Licenciaturas en el país, se atendió los contenidos del Decreto 2450 de diciembre de 2015 y la Resolución 02041 del 3 de febrero de 2016.

Como producto de la nueva formulación del Proyecto Educativo del Programa que soporta la reforma al Plan de Estudios, se describe a continuación los componentes orientadores contenidos en dicho documento, el cual se encuentra en la página web institucional.

Actualizado: 15 de abril de 2024 3:21 PM • Sin categoría