El registro calificado es un requisito obligatorio y habilitante para que una institución de educación superior, legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, y aquellas habilitadas por la Ley, pueda ofrecer y desarrollar programas académicos de educación superior en el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 1188 de 2008.
Hace parte del Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y se alinea con el pilar 1. Formación Profesional Integral, desde la autorreflexión, autorregulación y autoevaluación estipulado por el Plan de Desarrollo Institucional 2020-2028. La Universidad Tecnológica de Pereira, consolida los registros calificados desde el Sistema de Aseguramiento de la Calidad Académica SIAC en compañía de la Vicerrectoría Académica.
Ruta para la obtención y/o renovación del Registro Calificado
Registros Calificados de los programas académicos
- Decreto 1075 del 2015 – Reglamentación de los Registros Calificados.
- Decreto 1330 del 2019 – Condiciones de calidad para programas académicos.
- Decreto 1174 del 2023 – Ampliación de los Registros Calificados.
- Decreto 0529 del 2024 – Reglamentación lugares de desarrollo e inclusión de modalidades para programas académicos de educación superior.
- 121-TA-12- Creación de programas académicos y obtención de registro calificado.
- 12-TA-05 – Renovación de registro calificado de programas académicos.
- 1122-ADC-04 Evaluación y mejoramiento de los objetivos del programa académico y los resultados de aprendizaje.
- 121-GAD-01 Seguimiento y evaluación para los resultados de aprendizaje.